DENEGACIÓN DE VISADO POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR
Planteamiento de la cuestión: La situación que hoy planteamos consiste en aquella en la cual el cónyuge de un extranjero residente en España, pretende venir a España por reagrupación familiar. La subdelegación del gobierno le concede autorización para ello, pero para sorpresa de esta, en el segundo trámite a realizar en la Embajada de España, recibe la denegación total del visado para poder acudir a territorio español. Es bastante frecuente encontrarnos con dicha situación, sobre todo en el caso de embajadas situadas en territorios fuera de la Unión Europea. Que nos dice la jurisprudencia: Sin lugar a duda, el primer consejo es no aquietarse y plantear la posibilidad de recurrir dicha situación ante los tribunales de justicia. Para los jueces, debemos partir de que una vez concedida la autorización, en este caso por la Subdelegación del Gobierno correspondiente, para ser revisada por el consulado tiene que tener algún tipo de justificación, sin que sea viable la revisió